EL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO EXPIDIÓ EL PASADO 9 DE MARZO EL DECRETO 774 DE 2010 MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO 1076 DE 1997.
El citado decreto amplia el plazo para ejercer el derecho de retracto y reduce el porcentaje que puede descontar el comercializador cuando el cliente ejerza el derecho de retracto.
LEGISLACION SOBRE TIEMPO COMPARTIDO EN COLOMBIA:
LEY 300 DE 1996
LEY 1101 DE 2006
DECRETO 1076 DE 1997
DECRETO 774 DE 2010